Acuerdo plenario de la Corte Suprema establece que agresores sexuales podrían reducir hasta la cuarta parte de su sentencia.
Reducciòn de condenas para los agresores sexuales
Bajo el sustento del “interés superior del niño”, la Corte Suprema de Justicia determinó una serie de criterios que reducen la pena de un sentenciado por violación sexual en caso tenga un hijo con su víctima y se haga cargo de la manutención de este. Así, en caso de que se pruebe la existencia de una familia con la agraviada y que un infante haya nacido producto del “delito incriminado”, los juzgados pueden recortar hasta la cuarta parte del tiempo de la condena contra los agresores sexuales.
Así lo establece el Acuerdo Plenario n.º 01-2023/CIJ-112, que señala expresamente que para reducirle la pena a un sentenciado, primero “debe existir una familia formada por el sentenciado o sentenciada y por un niño, niña o adolescente, que haya nacido producto del delito incriminado”.
El acuerdo se dio el pasado 28 de noviembre y recientemente fue difundido por el medio La Ley, quienes alertan que 14 de 15 jueces supremos firmaron el acuerdo plenario y declararon doctrina legal este criterio. La jueza suprema Elvia Barrios Alvarado, expresidenta del Poder Judicial, fue la única que emitió un voto discrepante.
Así, este grupo de magistrados, determinó que la reducción se aplicaría si el violador sexual es el único que puede mantener al niño nacido de su víctima, pues según su criterio, la decisión penal debe favorecer directamente y en primer lugar al niño nacido producto de la violación sexual. Asimismo, los condenados tienen que demostrar otros tres requisitos:
- Que el niño no tenga otro tutor, progenitor o persona a cargo de su manutención
- Que el agresor sexual se encuentre a cargo de la manutención del niño y que nadie más pueda sustituirlo
- Que el violador sexual sentenciado por este acto haya formado un “hogar estable” y que la alimentación o cuidado del niño dependa de él.
Opiniones en contra
La exministra de la Mujer, Diana Miloslavich, se pronunció en contra del establecimiento del polémico criterio como una doctrina legal, pues puede ser tomada en cuenta por más jueces de todo el país, pues sería tomada en cuenta como una interpretación oficial.
“Una vergüenza fijar este criterio los patriarcas de la Corte Suprema, una injusticia para las mujeres y las niñas. Esperemos rectifiquen”, manifestó a través de su cuenta de X.
Las congresistas Flor Pablo e Indira Huilca sumaron sus voces contrarias a la medida. Ambas exhortaron al Poder Judicial a enmendar la situación.
“Repudiable dictamen que promueve la impunidad. Como ahora ya en el Perú no se puede casar a una menor con su violador, si hay violación y la víctima queda embarazada y forma una familia con su agresor, le podrán reducir la pena al violador, contraviniendo otras normas que indican que no debería haber ningún beneficio para los agresores”, señaló Pablo.
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Agencia
Prensa LOV/ CCGuerra
Un comentario sobre «¡Lo que faltaba en Perú! Corte Suprema establece criterio que reduce condena para agresores sexuales si tienen un hijo con sus víctimas»
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