Ahora que las políticas inmigratorias de Estados Unidos (EEUU) se han vuelto más restrictivas, quienes son deportados enfrentan desafíos significativos si buscan regresar al país.
Aunque muchos lo intentan, impulsados por la necesidad de reunirse con sus familiares, mejorar su situación económica o huir del peligro en sus países, las consecuencias de un reingreso ilegal a EEUU pueden ser graves. Dependiendo de las circunstancias, las sanciones van desde multas hasta penas de prisión que, en casos extremos, pueden alcanzar los 20 años.
Desde el 26 de enero, la administración del presidente Donald Trump puso en marcha una operación nacional de control inmigratorio, en la que participan varias agencias federales. En lo que va de 2025 van más de 8.000 deportados según cifras del Departamento de Seguridad Nacional (DHS). Se espera que la cifra siga en aumento.
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Según un estudio demográfico del Pew Research Center publicado en septiembre de 2024, los inmigrantes constituyen el 14,3% de la población total de Estados Unidos.
Este porcentaje ha crecido de manera significativa, ya que en 1970 era el 4,7%, lo que quiere decir que en poco más de cinco décadas la proporción de inmigrantes en el país se ha triplicado.
También se ha incrementado la cantidad de personas sin estatus inmigratorio legal, la cual alcanza los 11 millones, según un informe de 2024 del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) basado en cifras de 2022.
Razones para ser deportado de EE.UU.
El Gobierno de Estados Unidos establece que un extranjero puede ser sujeto a un proceso de deportación en varias situaciones:
- Si ingresó a Estados Unidos ilegalmente,
- Si desobedeció las leyes de inmigración y no cumplió con los permisos o condiciones para permanecer en el país,
- Si cometió un delito o violó las leyes de Estados Unidos o
- Si está involucrado en actos criminales o representa una amenaza para la seguridad.
De acuerdo con la ley estadounidense, los extranjeros que ingresaron al país sin pasar por un control inmigratorio o que no cumplan con los requisitos legales para permanecer en el territorio pueden ser deportados de manera rápida mediante un proceso conocido como deportación expedita.
A diferencia del procedimiento regular, que requiere una audiencia ante un tribunal de inmigración, este mecanismo permite la expulsión inmediata sin la intervención de un juez. Se aplica a casos específicos en los cuales no se ha seguido el proceso inmigratorio adecuado, agilizando la salida de quienes no cumplen las normativas establecidas.
En ciertos casos, conocer cómo detener el proceso de deportación podría ayudar a los inmigrantes a evaluar sus posibles opciones ante este tipo de escenarios.
Recibir una notificación de deportación puede ser alarmante, pero no significa que todo está perdido.
1. Busca una consulta legal
- Con abogados privados: Llame a la Asociación Estadounidense de Abogados de Inmigración (AILA, en inglés) al 1-800-954-0254 para obtener una referencia.
- Con organizaciones sin fines de lucro que emplean abogados autorizados en los EE. UU. o representantes acreditados por el Departamento de Justicia: Puede encontrar una lista de estas organizaciones en los sitios web de Immigration Advocates Network u Illinois Access to Justice.
2. Crea un plan de seguridad
- Identifique sus contactos de emergencia y memorice sus números de teléfono.
- Proporcione a la escuela o guardería de su hijo o hija un contacto de emergencia para que lo/la recoja.
- Proporcione autorización por escrito para que su contacto de emergencia tome decisiones médicas y legales para su hijo o hija.
- Dígales a sus seres queridos que si ICE te detiene, pueden intentar usar el localizador de detenidos en línea de ICE para encontrarte: https://locator.ice.gov/odls/#/search
- Lea más sobre consideraciones de tutela y poderes notoriales para inmigrantes en Illinois e Indiana.
3. Junta tus documentos en un lugar seguro
- Mantenga su información de identidad e información financiera en un lugar seguro.
- Reúna documentos que demuestren el tiempo que ha estado en los Estados Unidos; los dos años más recientes son los más importantes. Esto puede incluir declaraciones de impuestos sobre la renta de EE. UU., facturas de servicios públicos, arrendamientos, registros escolares, registros médicos, registros bancarios u otros documentos.
- Asegúrese de que su contacto de emergencia tenga acceso a todos estos documentos.
- Lea y practique la guía del NIJC sobre qué hacer si encuentra ICE en tu comunidad.
4. Evite el fraude migratorio
- Solo busca asesoramiento legal de un abogado o un representante acreditado de una organización sin fines de lucro reconocida por el Departamento de Justicia.
- Los abogados deben tener una licencia de un estado de EE. UU. para ejercer la abogacía. Pida ver su licencia de abogado. Las licencias legales de otros países no autorizan el ejercicio de la abogacía en los Estados Unidos.
- Los representantes acreditados deben estar acreditados y trabajar para una agencia sin fines de lucro reconocida por el Departamento de Justicia; solicite ver sus documentos de acreditación.
- Nunca firme una solicitud con información falsa.
- Nunca firme un formulario en blanco.
- Solicite copias de todo lo que firme.
- Si el consejo parece demasiado bueno para ser verdad, obtenga una segunda opinión antes de presentar una solicitud de inmigración.
- Lea la guía completa del NIJC sobre cómo evitar el fraude migratorio.
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5. Esté alerta las estafas digitales
- Sea escéptico ante las publicaciones en las redes sociales que prometen un alivio migratorio nuevo o rápido.
- El gobierno de los EE. UU. (incluido el Departamento de Seguridad Nacional, los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU., el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas y el Departamento de Estado) nunca se comunicarán con usted a través de WhatsApp o las redes sociales.
- Con excepciones limitadas, como las personas que son liberadas de su detención y se les dice que deben registrarse con ICE por teléfono, el gobierno de Estados Unidos generalmente no se comunica con personas por teléfono.
- Si recibe un mensaje inesperado o una llamada telefónica de alguien que dice ser un funcionario de inmigración u otro funcionario gubernamental, no responda ni comparta información personal. No transfieres dinero para pagar una “tarifa de procesamiento” ni por ningún otro motivo.
- En caso de duda, consulte con un abogado o representante acreditado antes de tomar cualquier medida.
- Evite compartir información no verificada en las redes sociales.
¿Puedo regresar a EE.UU. tras ser deportado?
“Una deportación queda archivada con el Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU. y esta es información que permanecerá en la base de datos y no se borrará”, dijo a CNN Elizabeth Uribe, abogada experta en inmigración.
Añadió que “es posible que el individuo pueda regresar legalmente en un futuro, si es que califica para la visa que desea solicitar. En algunos casos será necesario solicitar un perdón para poder regresar”.
En ese contexto, el departamento del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), señala que si una persona es inadmisible bajo la sección 212(a)(9)(A) o (C) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, puede presentar el formulario I-212, conocido como “permission to reapply”, para solicitar nuevamente la admisión a Estados Unidos. Este permiso es un requisito fundamental para quienes buscan ingresar legalmente al país.
Para saber dónde presentar la solicitud, se debe consultar la página web de Direcciones para Presentación Directa, lo cual asegura que el trámite llegue al lugar correcto.
El USCIS también destaca que el Formulario I-212 se presenta ante el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), algo que puede hacerse de dos maneras: electrónicamente a través del sistema e-SAFE o también presentarlo en persona en los puertos de entrada designados o en las localidades de preautorización. Esto es especialmente útil si:
- Se busca ingresar a Estados Unidos como no inmigrante en un puerto de entrada sin necesidad de una visa de no inmigrante, y
- Si se solicita una visa de no inmigrante (excepto las categorías K, T, U o V) en un consulado estadounidense.
Según información del Gobierno de Estados Unidos, se puede declarar inadmisible a una persona dependiendo de la duración de la presencia ilegal acumulada y de otras condiciones “a menos que se aplique alguna excepción específica”.
La primera de ellas apunta a que si alguien afectado sale de Estados Unidos antes de que comience un proceso de deportación y acumula entre 180 días y menos de un año de presencia ilegal en una sola estadía, puede solicitar nuevamente admisión dentro de los tres años posteriores a su salida.
La segunda causal de inadmisibilidad es solicitar ingreso en los 10 años posteriores a su salida o ser deportado luego de acumular un año o más de presencia ilegal en una sola estadía. La tercera causal es intentar reingresar sin autorización después de haber estado ilegalmente en el país por más de un año en una o varias estadías.
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¿Puedo ir a prisión en EE.UU. si regreso tras orden de expulsión?
El Título 8, sección 1326(a) del Código de Estados Unidos establece que un extranjero que fue denegado, deportado, expulsado o que haya salido de Estados Unidos mientras tenía una orden de exclusión no podrá ingresar, intentar ingresar o permanecer en el territorio estadounidense en ningún momento.
Sin embargo, el mismo Código (inciso A) prevé una excepción: si el secretario de Justicia autoriza expresamente antes de que la persona salga del lugar donde se encuentra (fuera de EE.UU.) o solicite admisión desde un territorio contiguo, puede volver a pedir ingreso a Estados Unidos.
Además, si el extranjero no demuestra que estaba exento de obtener dicho consentimiento según las leyes inmigratorias establecidas, podrá enfrentar una multa, una pena de hasta 2 años de prisión o ambas sanciones.
El código penal también indica que los extranjeros deportados por haber cometido tres o más delitos menores de drogas, delitos contra las personas o un delito grave (que no sea agravado) enfrentan sanciones, incluyendo una multa según el Título 18, prisión de hasta 10 años o ambas sanciones.
En casos más graves, si la deportación fue consecuencia de una condena por un crimen agravado, las sanciones aumentan. El extranjero “será multado bajo dicho título, encarcelado por no más de 20 años o ambas cosas”.
¿Afectan los decretos de Trump los formularios de visa, asilo o apelación en EE.UU.?
Uribe señaló que aún no se sabe el efecto total en estos casos: “Por ejemplo, si una persona tiene menos de 2 años en el país y está en trámite de visa o asilo, no sabemos aún si la administración tomará acción en contra de estas personas en caso tal que tenga contacto con ICE. Si el individuo está en trámite en el tribunal, corte de inmigración o corte de apelación entonces los decretos no afectarán a esos individuos”.
¿Cómo consultar mis registros de inmigración?
Para saber si se tiene un registro de deportación, la Ley de Libertad de Información (FOIA) permite acceder a los archivos inmigratorios de una persona. Este trámite se puede hacer en varias instituciones, como el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), que también opera en la frontera.
Si existe una decisión desfavorable del USCIS la legislación señala que se puede acudir a la Oficina de Apelaciones Administrativas o ante la Junta de Inmigración de Apelaciones (BIA). Para apelar una decisión, generalmente se usa el Formulario I-290B. Sin embargo, existen excepciones:
- Solicitudes de trabajadores inmigrantes especiales, cancelación de estatus de residente temporal y legalización: Formulario I-694;
- Peticiones familiares y apelaciones ante el BIA: Formulario EOIR-29 y
- Apelaciones sobre naturalización: Formulario N-336.
Sobre el tema, Uribe le dijo a CNN que los decretos firmados por Trump “no modifican directamente las leyes de inmigración y deportación vigentes” antes de su administración. Sin embargo “ahora tenemos certeza que estas personas son una prioridad para la administración”.
También señaló que en algunos casos estos decretos sí pueden cambiar los procedimientos y criterios de deportación. “La administración anunció cambio a las deportaciones aceleradas, las cuales anteriormente solo se llevaban a cabo en la frontera, a 161 metros de ella y dentro de 14 días de haber llegado al país”, explica la abogada.
El cambio hoy “es que la deportación acelerada se puede llevar a cabo en cualquier parte del país y dentro de 2 años luego de haber llegado la persona al país”, dijo. “Así que es importante tener evidencia de su presencia física en Estados Unidos”.
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Prensa LOV/Carmen Cecilia Guerra
Agencias