La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), abrió la posibilidad de anular el mecanismo empleado por la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre), para fijar los sueldos de los empleados públicos de Venezuela.
Tal decisión, está contenida en la sentencia N° 00252 redactada por el magistrado Malaquías Gil Rodríguez, presidente de la Sala Político-Administrativa.
En esa sentencia los magistrados declararon que admiten “provisionalmente la presente demanda de nulidad cuanto ha lugar en derecho”.
En concreto, los demandantes solicitaron a la Sala anular el instructivo denominado “Proceso de Ajuste del Sistema de Remuneración de la Administración Pública, Convenciones Colectivas, Tablas Especiales y Empresas Estratégicas, contentivo de los criterios para la aplicación del incremento salarial decretado por el Ejecutivo Nacional a partir del 15 de 2022, aplicado por los Ministerios del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior, Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre)”.
Recurso de Nulidad
El recurso de nulidad fue interpuesto el pasado 2 de junio, por cinco casas de estudios: Universidad Central de Venezuela, Universidad de Carabobo, Universidad de Oriente, Universidad Nacional Experimental Politécnica Antonio José de Sucre y Universidad Pedagógica Experimental Libertador.
Posteriormente, se adhirieron a la demanda de nulidad la Caja de Ahorros de los Trabajadores de la Universidad de Carabobo y el Sindicato de Trabajadores de esa casa de estudios.
Los demandantes denunciaron que el ajuste de las escalas salariales (tabla Onapre) resulta incompatible con el incremento otorgado al salario mínimo nacional decretado el 15 de marzo de 2022, “el cual también resulta vulnerado”.
Al respecto, los magistrados respondieron que, determinar si han sido desconocidos o no los derechos de los trabajadores demandantes “va más allá del análisis de los cuadros insertos en el libelo y de los recaudos acompañados al mismo, que requiere de la realización de un debate probatorio, así como de un análisis de las cláusulas de las convenciones colectivas que se alegan como vulneradas para poder arribar a una decisión”.
Asimismo, remitieron el expediente al Juzgado de Sustanciación de la Sala, “a los fines de que verifique la admisibilidad de la referida demanda”.
Se espera otra sentencia de la Sala Político-Administrativo, en donde emita la decisión respecto a si anula o confirma el instrumento empleado por la Onapre para calcular los sueldos de la Administración Pública.
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Prensa LOV/CCGuerra